miércoles, 4 de marzo de 2009

ABSUELTO UN INTERNAUTA ACUSADO DE DESCARGAR ARCHIVOS

Un tribunal de nuestro país se ha pronunciado a favor de la difusión libre y gratuita de la cultura por medios digitales al absolver a un internauta acusado de descargar y distribuir archivos musicales a través de redes P2P. Las asociaciones denunciantes pidieron una pena de 2 años de prisión, una multa de 7200 euros y una indemnización de 18.361 euros, mientras que la defensa del acusado solicitó su libre absolución negando la existencia de ánimo de lucro en las descargas efectuadas, que eran utilizadas para su uso personal y para el intercambio de archivos con otros usuarios pero sin mediar precio alguno.


  La resolución comentada, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander, destaca que la intención del acusado no era comercializar con el material audiovisual, dato importante que excluye automáticamente la aplicación del artículo 270 del Código Penal al exigir la concurrencia de ánimo de lucro y perjuicio a terceros.

  Esta sentencia sienta un importante precedente y supone un freno a los crecientes intereses económicos de las sociedades de autores, que deberán ir reduciendo sus pretensiones y limitar sus ansias monetarias a los beneficios generados por el famoso canon aplicado a los soportes de grabación adquiridos por los consumidores -obligados a abonar dicho impuesto aunque el destino final no sea realizar copias privadas de discos musicales- y que hasta hace poco sólo abonaban las emisoras y empresas que se lucraban con la música difundida.

  La jueza afianza su decisión argumentando que "entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado. Todo ello lleva a la conclusión de que en este caso no se ha producido una infracción merecedora de sanción penal".

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http://www.versus-estudiojuridico.es.tl/

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